BANCO DE ESPAÑA
Normas para el envío al Banco de España de las estadísticas de pagos y sistemas de pagos por parte de los proveedores de servicios de pago y los operadores de sistemas de pago, descritas en el Reglamento (UE) 1409/2013 sobre estadísticas de pago y de la Orientación del BCE de 4 de abril de 2014 sobre estadísticas monetarias y financieras (BCE/2014/15).
Circulares |
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Circular 2/2015, de 26 de mayo |
Reglamento 1409/2013 del BCE |
Normas técnicas |
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Norma técnica 05/2005 |
Este reporte debe ser remitido por todos los PSP (Proveedores de Servicios de Pago) declarantes, directamente o a través de otro PSP. El PSP remitente debe comunicar mediante este informe los datos correspondientes a los siguientes epígrafes:
· Anexo III del Reglamento (UE) 1409/2013:
Cuadro 1: número de cuentas de pago y número de cuentas de dinero electrónico.
Cuadro 4: todas las series menos aquellas referidas a pagos con tarjetas y a operativa con tarjetas de dinero electrónico y con cuentas de dinero electrónico accesibles mediante tarjeta.
· Parte 16 del anexo II de la Orientación BCE/204/15:
Cuadro 3: todas las series.
Cuadro 4: retiradas de efectivo o ingresos de efectivo en mostrador.
Tratamiento operativo en el área internacional de las entidades de crédito
Este sistema está formado por los módulos siguientes:
- COMERCIO EXTERIOR: Créditos, Remesas y Financiaciones de Importación / Exportación, Préstamos en Divisas, Avales y Garantías.
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Software de conciliaciones bancarias
Herramienta que gestiona la conciliación de los apuntes de cuentas.
Declaración de operaciones y saldos en valores negociables
El Reglamento (UE) 1011/2012 del Banco Central Europeo (BCE), de 17 de octubre de 2012, relativo a las estadísticas sobre carteras de valores, establece que, para realizar las funciones del Sistema E...
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